Obligaciones de Transparencia de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México 2022
Los formatos que contienen la información serán explotables, una vez que se guardado el archivo.
Fracción I
Fracción II
Fracción VII
Fracción XI
Fracción XVII
Fracción XXI
Fracción XXVII
Fracción XXVIII
No Aplica, la Universidad de la Policía de la Ciudad de México es un Órgano Desconcentrado de la Administración Pública local, adscrito a la Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, no cuenta con montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos, de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 22 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y 37 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
Fracción XXIX
Fracción XXX
Fracción XXXVI
Fracción XXXVII
c) Hipervínculo al buscador de recomendaciones internacionales a México en materia de derechos humanos
Fracción XLIII
Fracción XLVII
Fracción L
Fracción LI
No Aplica, la Universidad de la Policía de la Ciudad de México es un Órgano Desconcentrado de la Administración Pública local, adscrito a la Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, no contempla mecanismos de intervención de comunicaciones privadas por no ser actividades de su competencia, de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 22 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y 37 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Fracción II
Fracción X
a) En su caso las que fueron desestimadas;
b) En cuántas se ejerció acción penal;
c) En cuántas se propuso el no ejercicio de la acción penal;
d) En cuántas se aplicaron los criterios de oportunidad;
e) En cuántas se propuso la reserva o el archivo temporal; y
f) Además de las órdenes de aprehensión, de comparecencia, presentación y cateo.
Fracción XVI
No es aplicable la presente fracción, de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 22 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y 37 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, toda vez que la Universidad de la Policía de la Ciudad de México es un Órgano Desconcentrado de la Administración Pública local, adscrito a la Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
Fracción XIX
No es aplicable la presente fracción, de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 22 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y 37 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, toda vez que la Universidad de la Policía de la Ciudad de México es un Órgano Desconcentrado de la Administración Pública local, adscrito a la Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
Fracción XXVI
No es aplicable la presente fracción, de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 22 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y 37 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, toda vez que la Universidad de la Policía de la Ciudad de México es un Órgano Desconcentrado de la Administración Pública local, adscrito a la Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
Artículo 143.
No es aplicable el presente artículo, de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 22 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y 37 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, toda vez que la Universidad de la Policía de la Ciudad de México es un Órgano Desconcentrado de la Administración Pública local, adscrito a la Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
Artículo 147.
De acuerdo a la información solicitada por el Órgano Garante, se ha informado que este Sujeto Obligado no cuenta sindicato adscrito al mismo, sin embargo se encuentra adscrito personal con dígito sindical que pertenece al Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal, por lo que no se entregan recursos públicos en este rubro.